TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: C O M U N I C A C I O N N§ 07/83 ---------------------------------- ARTICULO 1.- Requi‚rese de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones infor- ----------- maci¢n sobre las tramitaciones tendientes a la habilitaci¢n de un radio enlace telef¢nico entre la localidad de Napaleof£, partido de Bal- carce, y la Red Telef¢nica Nacional, aprobado por esa empresa en 1969.------ ARTICULO 2.- Solic¡tase a la citada empresa que el enlace se concrete a tra ------------ v‚z de las l¡neas de mayor cantidad de canales, para evitar que el anhelado deseo de comunicaci¢n con el exterior, expresado por la comunidad de Napaleof£, no se frustre en la pr ctica por un sistema de intercomunicacio nes por medio de canales recargados de tr fico, y que impida la conexi¢n di- recta o r pida entre Balcarce y Napaleof£, muy necesaria por los intercambios econ¢micos y en especial por las urgencias sanitarias.----------------------- ARTICULO 3.- Hasta tanto se concrete el servicio requerido, solic¡tase mante ------------ ner en condiciones adecuadas de funcionamiento el actual servi- cio telef¢nico, ya que el mismo permanece constantemente interrumpido, pudien do utilizarse s¢lo espor dicamente, ocasion ndole m£ltiples perjuicios a los vecinos de esa localidad.---------------------------------------------------- ARTICULO 4.- C£mplase, comun¡quese, reg¡strese y publ¡quese.--------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a veinti£n d¡as del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y tres. FIRMADO: Alberto J. B.Paciaroni - PRESIDENTE - Juan Jos‚ Troya - SECRETARIO.--------------------- COMUNICACION N§ 07/83 ---------------------